El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de internet, el día 28 de abril de 2020, la quinta versión anticipada a la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, donde de manera específica se modifican las reglas 2.2.7. y 3.17.4.
Regla 2.2.7.
Se establece que los mecanismos de comunicación como medios de contacto que se deberán registrar son dirección de correo electrónico y número de teléfono móvil, se suprime que en el caso del teléfono móvil sirva para el envío de mensajes cortos de texto, como estaba antes establecido.
Regla 3.17.4.
Se modifica la regla referente al pago en parcialidades, y se prevé que el contribuyente podrá hacer uso de esta opción, siempre y cuando presente la declaración dentro del plazo establecido hasta el 30 de junio de 2020 (Regla 13.2.)
La última parcialidad deberá ser cubierta a más tardar en noviembre de 2020.
Fuente: SAT: 5a versión anticipada Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2020.