SCJN: Reinstalación. Cuando el ofrecimiento de trabajo es de mala fe y el patrón no acredita la inexistencia del despido, procede el pago de indemnización y salarios caídos aún cuando el trabajador no se presente en dicha diligencia.

5 Jul    Noticias Laborales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publica en el Semanario Judicial de la Federación la Tesis Aislada (Laboral) I.11o.T.2 L (10a.) 2020277 con fecha 5 de julio de 2019.

Dicha tesis señala:

REINSTALACIÓN. SI NO SE LLEVA A CABO POR LA INASISTENCIA DEL TRABAJADOR A LA DILIGENCIA RELATIVA, ES IMPROCEDENTE DECLARAR ANULADA O EXTINGUIDA LA ACCIÓN DE INDEMNIZACIÓN O REINSTALACIÓN, O LOS SALARIOS CAÍDOS DESDE LA FECHA DEL DESPIDO INJUSTIFICADO, CUANDO EL OFRECIMIENTO DE TRABAJO FUE DE MALA FE Y LA PATRONAL NO ACREDITA LA INEXISTENCIA DEL DESPIDO. Por regla general, cuando con motivo del ofrecimiento del trabajo que formula el patrón al trabajador que demanda el pago de la indemnización por despido, éste es reinstalado, se produce la insubsistencia de la acción correspondiente, pues ésta queda anulada, de conformidad con la jurisprudencia 2a./J. 20/99, de rubro: «OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. SI ES ACEPTADO POR EL TRABAJADOR QUE EJERCIÓ LA ACCIÓN DE INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL Y SE EFECTÚA LA REINSTALACIÓN POR LA JUNTA, DEBE ABSOLVERSE DEL PAGO DE DICHA INDEMNIZACIÓN Y DEL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD, QUEDANDO LIMITADA LA LITIS A DECIDIR SOBRE LA EXISTENCIA DEL DESPIDO.». Lo mismo ocurre cuando habiendo aceptado el ofrecimiento, el trabajador no asiste a la diligencia de reinstalación, aun cuando previamente fue apercibido en el sentido de que se le tendría por inconforme con la reanudación de los servicios, pues en ese caso, la conducta de éste fue la causa que impidió la reanudación del trabajo. Sin embargo, si el patrón realiza el ofrecimiento de mala fe y así es calificado por la Junta al dictar el laudo, la acción de indemnización o reinstalación del trabajador no se anula, ni los salarios caídos deben cortarse desde la fecha de la diligencia en que el fedatario asentó la imposibilidad material para realizar la reinstalación del operario por su inasistencia, máxime si la demandada no acredita la inexistencia del despido, pues el hecho de que la intención del patrón haya sido deshonesta, tiene como consecuencia que el trabajador no esté obligado a aceptarlo, y si lo hace, pero no asiste a la diligencia de reinstalación, incluso injustificadamente, tampoco perderá su acción porque, en esencia, su conducta no puede purgar el vicio de origen del que se encuentra afectado el ofrecimiento, al haberse realizado con la intención de revertir la carga probatoria, por lo cual, lo que debe entenderse con la inasistencia del trabajador, es que está inconforme con ser reinstalado en las condiciones en que le fue ofrecido el trabajo y, por ende, en este caso, su acción de indemnización o reinstalación y el reclamo de los salarios caídos no puede quedar anulada ni restringida por la conducta impropia del patrón.

Fuente: SCJN. Tesis Aislada (Laboral) I.11o.T.2 L (10a.) .

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  1. Hola. Estoy inconforme con la reinstalacion ya que promovi amparo directo contra el laudo, toda vez que cuento con contrato colectivo de trabajo y este me concede todos los salarios vencidos desde la fecha del despido injustificado hasta la reinstalacion en términos le la cláusula 56 del mismo y la junta quiere ejecutar la reinstalacion para que no se sigan computando los salarios vencidos y pretendidos en mi amparo pues el laudo fue violatotio al resolverlo de acuerdo al artículo 48 de la ley Federal del trabajo. Es decir están actuando en contubernio y de mala fe, ¿que procede? Gracias

    1. Lo recomendable es que lleve su asunto de manera personal ante un abogado laboral, que teniendo acceso al expediente, revise a fondo el asunto y le sugiera la estrategia a seguir.
      Saludos

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